Código Deontológico

Recursos para ingenieros agrónomos

El funcionamiento del Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Centro y Canarias está regido por la siguiente normativa:

  • La Ley de Colegios Profesionales de 13 de febrero de 1974, modificada por la Ley 74/1978 de 26 de diciembre y la Ley 25/2009 de 22 de diciembre de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (Ley Ómnibus).

     
  • Los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos y de su Consejo General, aprobados en Real Decreto 727/2017, de 21 de julio.

     
  • Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio.

     

Estas normas de deontología determinan obligaciones de necesario cumplimiento por los colegiados y responden a las potestades públicas que la ley delega a favor de los colegios profesionales para ordenar la actividad profesional de los colegiados, velando por la ética y dignidad profesional y por el respeto debido a los derechos de los usuarios de los servicios profesionales y a la sociedad en general, potestades a las que hay que añadir la de ejercer la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial.