El Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Centro y Canarias ha realizado alegaciones al Anteproyecto de Ley por el que se modifica la Ley 9/2001, de 17 de julio, del suelo de la Comunidad de Madrid para el impulso y reactivación de la actividad urbanística.
Las aportaciones del Colegio al Anteproyecto de Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid se refieren, por un lado, al artículo 152, Actos sometidos a licencia urbanística. En el artículo se especifica que los movimientos de tierras, las excavaciones y explanaciones, e incluso la tala y el trasplante de árboles, son actos que se encuentran sujetos a licencia urbanística, habiéndose suprimido las obras correspondientes a la demolición de edificios que han sido incluidas como actos sometidos a declaración responsable independientemente de la envergadura de la obra.
El Colegio considera que estas obras son de suficiente entidad como para precisar de un proyecto técnico y una dirección de las obras correspondientes y recuerda que la propia normativa de visado obligatorio recoge la obligatoriedad de su control por un colegio profesional.
Asimismo, el Colegio ha solicitado que se concrete qué tipo de documento o documentos se exigirán como documentación técnica indicada en el apartado g) del Artículo 156. “Contenido de las declaraciones responsables urbanísticas“, y que se priorice la exigencia de un proyecto técnico redactado por técnico competente.