Ventanilla única
La Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio establece en su artículo 10 la implantación de una Ventanilla Única en las páginas web de los colegios profesionales, con el fin de mejorar la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios. A través de esta Ventanilla Única, las organizaciones colegiales ofrecerán la siguiente información:
- El acceso al Registro de colegiados
- El acceso al registro de sociedades profesionales
- Las vías de reclamación y los recursos que podrán interponerse en caso de conflicto entre el consumidor o usuario y un colegiado o el colegio profesional
- El contenido de los códigos deontológicos
Asimismo, esta ley también establece que las organizaciones colegiales estarán sujetas al principio de transparencia en su gestión. Para ello, cada una de ellas deberá elaborar una Memoria Anual.