Cada año un 40% de las cosechas se pierde por las plagas, enfermedades y malas hierbas. Sin productos fitosanitarios, esa cifra se duplicaría; por lo que si queremos seguir disfrutando de alimentos en cantidad suficiente y a precios asequibles, los productos fitosanitarios son necesarios. En este contexto, es fundamental la aplicación de Buenas Prácticas Fitosanitarias, en las que la prescripción para la dispensación de estos productos mediante receta fitosanitaria ayudaría a disminuir el uso incorrecto de productos fitosanitarios.
España cuenta con una de las legislaciones sobre productos fitosanitarios más rigurosa y restrictiva del mundo. Esta ha sido objeto de una profunda revisión durante los últimos 25 años, tanto por normativas de ámbito horizontal, como la relativa a clasificación y etiquetado de sustancias y preparados peligrosos, como por normativas específicas tales como la relativa a residuos de plaguicidas o las relativas a la comercialización y utilización de estos productos. Lo recuerdan José Luis Alonso-Prados y Ana Patricia Fernández-Getino, ingenieros agrónomos de la Unidad de Productos Fitosanitarios del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA).
El INIA es el único organismo autorizado en España como Organismo Independiente de Evaluación, a día de hoy, conforme los requisitos recogidos en el artículo 15 del Real Decreto 971/2014, por el que se regula el procedimiento de evaluación de productos fitosanitarios. Fue autorizado en 2015 por la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
El procedimiento de aprobación de sustancias activas puede demorarse años
Según explican José Luis Alonso-Prados y Ana Patricia Fernández-Getino, el procedimiento de aprobación de sustancias activas viene recogido en el artículo 7 del Reglamento CE 1107/2009 y el procedimiento de autorización de productos fitosanitarios en el artículo 33 de dicho Reglamento. La evaluación se realiza en base a unos Principios Uniformes establecidos en el Reglamento UE 546/2011 y verificando que se cumplen todos los requisitos recogidos en los Reglamentos UE 283/2013 que establece los requisitos sobre datos aplicables a las sustancias activas y el Reglamento UE 284/2013 que establece los requisitos sobre datos aplicables a los productos fitosanitarios.
El proceso de evaluación de sustancias activas se realiza a nivel europeo. Un estado miembro es designado país ponente y también se establece un país co-ponente. El país ponente realiza la evaluación de la sustancia activa y esta evaluación es revisada por el resto de Estados Miembro (EEMM) y la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) en un proceso de revisión interpares.
“Actualmente registrar un nuevo principio activo requiere una inversión de entre 250 y 300 millones de euros, y una media de 11 años en investigación. Aun así, solo 1 de 139.000 sustancias sale adelante”, señala Carlos Palomar, director general de AEPLA, asociación que representa a las empresas fabricantes de productos fitosanitarios en España, también ingeniero agrónomo.
“En Europa gozamos de una legislación muy rigurosa en materia de sanidad vegetal, que ha permitido desarrollar un modelo de agricultura intensiva sostenible medioambientalmente”, destaca Carlos Palomar. “Sin embargo, está en riesgo la sostenibilidad económica y social debido a la prevalencia del principio de precaución sobre el principio de proporción en cuanto a la evaluación del riesgo de los productos, obviando, en muchos casos, los beneficios de todo tipo que pueden generar. Como consecuencia, cada día es menor la disponibilidad de soluciones y arriesga la competitividad de todo el sector”.
En esta misma línea se manifiesta José Ignacio de Antonio, secretario de Agricultura de UPA. “Somos los primeros que queremos producir alimentos lo más seguros y con la máxima calidad posible, nos lo exige el mercado”, explica.
Según Carlos Palomar, cada año un 40% de las cosechas se pierde por las plagas, enfermedades y malas hierbas. Estas cifras se duplicarían sin los productos fitosanitarios. Estos son, y seguirán siendo necesarios, especialmente en un horizonte de aparición de nuevas plagas, enfermedades y malas hierbas, debido a la globalización y al cambio climático. Es muy importante ampliar el concepto de fitosanitario que debe aplicarse a cualquier medio, físico, químico, biológico que permita prevenir o corregir un problema en un cultivo.
El ingeniero agrónomo, prescriptor de receta fitosanitaria
Una vez que los productos fitosanitarios son autorizados, se pasa a la fase de comercialización y uso. En este punto, establecer la necesidad de la prescripción fitosanitaria para la dispensación de productos fitosanitarios mediante receta en determinados supuestos ayudaría de forma importante a disminuir el uso incorrecto de productos fitosanitarios. Esta prescripción fitosanitaria debería realizarse por un técnico competente especializado con amplia formación y capacidad de intervención técnica especializada en Sanidad Vegetal, con un Seguro de Responsabilidad Civil y avalado por un colegio profesional.
Este profesional sería el responsable del diagnóstico de la práctica fitosanitaria a seguir y de la prescripción y receta para la dispensación de los productos fitosanitarios (A.P. Fernández-Getino & J.L. Alonso-Prados. PHYTOMA España / Nº 305 pág. 40-44/ Enero 2019. Importancia de la prescripción de productos fitosanitarios). Una figura, que el Colegio, la industria y los agricultores consideran esencial. “Son en la sanidad vegetal el equivalente al médico en la humana”, comenta el Director General de AEPLA, para quién el asesoramiento profesional a agricultores acerca de qué productos son los más adecuados, en qué momento deben ser aplicados, y en qué dosis es clave.
Entre los que encajarían en la figura del Prescriptor Fitosanitario, cabe destacar a los ingenieros agrónomos, que son técnicos competentes especializados que por la formación adquirida tienen una base de conocimientos muy sólida para abordar estos aspectos.
Este artículo es un resumen del artículo publicado en Mundo del Agrónomo nº 43. Descarga al artículo completo en Mundo del Agrónomo nº43